Condenan al Sergas a convertir en indefinidos los contratos temporales de 3 enfermeras

El Servicio Gallego de Salud (Sergas) deberá reconocer el carácter estructural de los puestos de 3 enfermeras y 6 auxiliares de enfermería contratadas de forma eventual desde 2008 y 2009 otorgándoles la condición de personal indefinido asimilado al personal interino. Así lo reconoce el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo al considerar que la sucesión de contratos temporales sin una justificación suficiente supone fraude de ley y desviación de poder.

Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo. Imagen: Google Maps Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo. Imagen: Google Maps

Para el tribunal en “la literalidad de los nombramientos encadenados sucesivamente desde el año 2008 y 2009 (o 2011 en dos casos), no se explicita de ninguna forma la existencia de una necesidad asistencial que pudiera calificarse de coyuntural, extraordinaria, ni siquiera temporal”, lo que supone un fraude de ley.

De hecho, considera acreditado “que las necesidades asistenciales cubiertas mediante los nombramientos efectuados a favor de las actoras como desde el año 2008 y 2009 (o en algunos casos 2011) estaban encaminados a la cobertura de necesidades permanentes o estructurales inherentes a la prestación regular y ordinaria del servicio, y no a la cobertura de necesidades de carácter coyuntural o extraordinario derivadas de un déficit circunstancial de las plantillas de personal de la institución en determinados períodos para la realización de su actividad ordinaria (que sería el único supuesto en el que, a la vista de las circunstancias concurrentes, se podrían haber amparado los nombramientos eventuales)”.

Por ello, el juzgado reconoce el carácter estructural de los puestos, condenando al Sergas a reconocerlos como tales. Además, “dado el carácter fraudulento de sus nombramientos temporales”, las demandantes deberán ostentar “la condición de personal indefinido del Sergas, asimilado al personal interino, a efectos de cobertura del puesto de trabajo”, con reconocimiento de su respectiva antigüedad en el puesto.

Primera sentencia tras el fallo europeo

Para el abogado que ha llevado el caso de estas enfermeras, Fabián Valero Moldes, de Zeres Abogados, es la primera sentencia que, sin nombrarla, utiliza los mismos argumentos que el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea sobre la contratación temporal. A su juicio, desde el Servicio Gallego de Salud “recurrirán seguro, pues es lo que suelen hacer. Aunque ya en otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia se falló en el mismo sentido”, por lo que no prevé que se vaya a modificar.

Para Valero supone una buena noticia el que los juzgados empiecen a emitir sentencias en este sentido, pues los “fraudes cometidos en la contratación temporal son masivos”. Como explica en declaraciones a Diario Enfermero.es “con la crisis, la tasa de reposición no ha dejado de bajar por lo que el número de temporales no dejar de crecer. A mayor número de temporales el fraude es cada vez más evidente”.

Una auténtica “bomba de relojería”, según sus palabras, por lo que aconseja a quienes cuenten con sucesivos contratos temporales que denuncien la situación. “El momento para reclamar es ahora, -asegura- antes de que haya un nuevo gobierno, pues en cuanto lo haya seguro que se producen cambios legislativos para poder seguir perpetuando la contratación temporal. Buscarán fórmulas para adaptarse pues a las administraciones les resulta muy rentable contar con trabajadores que tienen miedo a perder el trabajo, a que no les renueven el contrato”, sostiene.

GEMA ROMERO.- 

Contenido revisado en Marzo de 2024.
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