¿Qué incluye el seguro de Responsabilidad Civil de Enfermería?

Dentro del ámbito de actuación a la presentación de servicios a los colegiados, el Consejo General de Enfermería, en representación del conjunto de Colegios Oficiales de Enfermería de España y de los Consejos Autonómico, viene suscribiendo un Seguro de Responsabilidad Civil (RC) en beneficio de las colegiados. Los asegurados son los titulados, dados de alta como ejercientes en los diferentes colegios de enfermería en España y al corriente de pago de cuota.

Consecuentemente, la nueva póliza de RC profesionales suscrita con la compañía Bilbao Seguros para el ejercicio de 2018, sobre la base de lo acordado en Asamblea General incluye, entre otras, las siguientes prestaciones:

  • Cobertura de la Responsabilidad Civil Profesional de los colegiados en el ejercicio de su actividad como enfermeros responsables de cuidados generales o como enfermeros especialistas, tal y como se definen en las Directivas europeas, en la LOPS y en la normativa sobre medicamentos y productos sanitarios, incluyendo con ello la prescripción de los mismos en los términos establecidos en dicha normativa.
  • Cobertura de Responsabilidad Civil a los colegiados por daños y perjuicios derivados de contaminación causada a terceros, consecuencia directa de sus actividades desarrolladas dentro del recinto donde el asegurado realice su actividad, cuando dicha contaminación se produzca de forma accidental y repentina.
  • Asistencia legal frente a agresiones, con un límite máximo para gastos y costas judiciales de 10.000 euros por siniestro y 50.000 euros por anualidad.
  • Cobertura por RC Explotación del local donde se desarrolla la actividad, con límite siniestro y año 3.500.000€ y por daños por agua, con límite por siniestro de 350.000 €.
  • Cobertura por destrucción deterioro de material sanitario confiado al colegiado asegurado, con un límite de 6.000 € por siniestro y 18.000 € por anualidad y asegurado.
  • Extensión del ámbito territorial del seguro a todos los países del mundo, salvo USA y Canadá.
  • Cobertura por daños materiales, extravío o pérdida de expedientes y documentos: Límite por expediente/historial 300 €. Límite por siniestro 350.000 €, con franquicia de 150 euros por siniestro.
  • Cobertura por inhabilitación profesional hasta un importe máximo de 4.000 euros al mes, durante un plazo máximo de 24 meses.
  • Cobertura en materia de protección de datos personales con un límite de 150.000 euros por siniestro y por anualidad, con 1.000 euros de franquicia.
  • El límite máximo de indemnización por siniestro es de tres millones quinientos mil euros (3.500.000 €) y el límite máximo por anualidad de seguro es de Veintiun millones de euros (21.000.000 €).
  • Ante cualquier tipo de reclamación, hay que contactar con el colegio a la mayor brevedad, y cumplimentar el formulario de comunicación de siniestro, que se facilitará en la sede del propio colegio u obtenerla en la web colegial.
  • Para más información hay que contactar con el colegio provincial de enfermería.
Carmen Roncero

Autor Carmen Roncero

Miembro del equipo de la Asesoría Jurídica del Consejo General de Enfermería

Leave a Comment