¿Qué supone la nueva equivalencia?
Supone que ambos títulos, el de Diplomado en Enfermería y el de Graduado en Enfermería, tienen los mismos efectos académicos y profesionales:
Real Decreto 967/2014, Artículo 4. A efectos de la aplicación del presente real decreto se entenderá por:
- e) Efectos académicos: los inherentes a la obtención de los títulos oficiales que conforman el Sistema Universitario Español y que permiten la prosecución de estudios en el mismo o diferentes niveles educativos del Sistema Educativo Español.
- f) Efectos profesionales: aquéllos proporcionados por los títulos universitarios oficiales que permiten el acceso al ejercicio de alguna de las profesiones reguladas. Y debemos tener en cuenta lo establecido para las correspondencias: Artículo 24. Resolución, efectos, publicación e inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- 6. Las resoluciones de correspondencia de los títulos a un determinado nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior causarán los efectos académicos y profesionales de conformidad con la normativa sectorial correspondiente, asociados a las enseñanzas incluidas en dichos niveles
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