Gobierno y CC.AA. dan luz verde a la prescripción enfermera

Casi dos años ha estado guardado en un cajón el último borrador de real decreto consensuado entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y las organizaciones colegiales de enfermeros y médicos, y por fin ha seguido avanzando en su tramitación tras haber recibido el visto bueno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que reúne al Ministerio con los consejeros de Sanidad de las Comunidades Autónomas.

Desde que se legalizara, allá por diciembre de 2009, tras años de lucha, reivindicación y campañas de concienciación social por parte de la Organización Colegial de Enfermería, empezó una ardua tarea para poner de acuerdo a dos colectivos, los médicos y enfermeros, con un objetivo común: dotar de seguridad a la práctica asistencial de los enfermeros y enfermeras que diariamente se ven a obligados a tomar múltiples decisiones respecto a medicamentos sin contar con la seguridad jurídica necesaria. Y eso es precisamente lo que pretende el Real Decreto que “regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros”, es decir, la prescripción enfermera.

El proyecto aprobado en el Consejo Interterritorial viene a establecer que los profesionales de enfermería podrán prescribir, por fin, medicamentos y productos sanitarios, como una intervención enfermera más del proceso de cuidados del paciente, y con el respaldo legal que les corresponde. En concreto, en el caso de los medicamentos no sujetos a prescripción médica y productos sanitarios, la prescripción se realizará de forma autónoma, y, en el caso de medicamentos sujetos a prescripción médica, la prescripción se ajustará a las evidencias contrastadas en las guías de práctica clínica y asistencial y protocolos validados por los consejos generales de enfermeros y médicos. Asimismo, el texto normativo regula también aspectos como la acreditación de los enfermeros a nivel nacional; la elaboración y validación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial; la aplicación normativa a enfermeros procedentes de otros estados miembros de la Unión Europea; así como la formación para la adquisición de esta competencia enfermera.

La revisión del proyecto de real decreto de prescripción en el Consejo Interterritorial ha contado con el visto bueno de todas las CC.AA. entre las que destacaron especialmente Cataluña, Andalucía y País Vasco por el entusiasmo con el que lo acogieron. Fuentes presentes en la reunión han señalado a ENFERMERÍA FACULTATIVA que los consejeros apostaron claramente por el desarrollo profesional de la enfermería asegurando que no tenía “sentido alguno pretender que una profesión que, a día de hoy, cuenta con una formación de cuatro años de grado y dos de especialidad, no asuma más competencias, responsabilidades y reconocimiento científico”.

Tras la aprobación del proyecto, los próximos pasos son su elevación al Consejo de Estado y su posterior aprobación en Consejo de Ministros y es precisamente en este trámite donde existe desencuentro entre Sanidad y la Mesa de la Profesión Enfermera que aglutina al Consejo General de Enfermería y al sindicato Satse. Y es que mientras que el ministro Alfonso Alonso ha señalado que su intención es que el decreto de prescripción enfermera tenga una tramitación paralela a la del proyecto normativo que en un futuro regulará la gestión clínica, desde la Mesa enfermera responden que dicho plazo resulta a todas luces inasumible porque “su tramitación administrativa se encuentra en fases distintas”. Así, mientras el desarrollo de la prescripción enfermera se encuentra en su última fase administrativa, el proyecto de decreto que regulará las unidades de gestión clínica se encuentra en sus primeros estadios de desarrollo normativo. Por tanto, “no tiene lógica alguna que la tramitación de la gestión clínica suponga ningún tipo de demora al otro decreto, el de prescripción enfermera”.

Desacuerdo con los plazos

En este sentido, Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería, ha enviado un claro aviso a navegantes asegurando que “a día de hoy, aprobar el real decreto de prescripción enfermera de forma inminente no sólo es una obligación moral con los pacientes y los profesionales, además constituye un mandato del propio Parlamento de la nación que arrastra un retraso injustificado de más cinco años”.

“Cada día, cada mes y cada año de retraso acumulado supone una falta de respeto al Poder Legislativo y, por tanto, a todos los españoles que es a quienes representa esta cámara”, añadía. Y es que hasta en dos ocasiones, en legislaturas diferentes, el Parlamento ha aprobado por unanimidad sendas Proposiciones no de Ley en las que se instaba al Gobierno a desarrollar la prescripción enfermera sin demora.

Para González Jurado “desde la Organización Colegial no vamos a permitir dejar pasar más tiempo cuando ya han sido juzgadas enfermeras que han realizado acciones en el ámbito de la prescripción y han sido condenadas e inhabilitadas profesionalmente por sentencia firme, por no contar con las suficiente cobertura jurídica”.

La justicia de esta reivindicación, legalmente reconocida, fue incluso asumida como prioritaria dentro del Pacto por la Sostenibilidad y la Calidad del Sistema Nacional de Saludque la Mesa de la Profesión Enfermera -integrada por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato Satse- firmado con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en julio de 2013. Pacto que el actual Ministro, Alfonso Alonso, está dispuesto a cumplir, como así ha manifestado públicamente en diversas ocasiones.

¿Qué dice la ley?

También establece que “el Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud”.La ley del medicamento, desde su primera aprobación en julio de 2006, ha sufrido diversas modificaciones. En diciembre de 2009 se aprobó la más relevante para la profesión, dando carta legal a la prescripción enfermera. Así, el artículo 77 establece que “los enfermeros de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación (es decir, prescribir) de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación”.

Asimismo, el proyecto normativo establece que “el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la participación de las organizaciones colegiales correspondientes, acreditará con efectos en todo el Estado a los enfermeros” en materia de prescripción.

Y una vez aprobado este proyecto normativo en el Consejo Interterritorial, ¿cuál es el siguiente paso?.  Pues lamentablemente todavía queda bastante camino por recorrer, tal y como señalan desde el Consejo General de Enfermería: ahora tiene que ser enviado al Consejo de Estado para que emita su informe al respecto. Y teniendo en cuenta que las elecciones generales están cada vez más cerca, es vital que el procedimiento elegido por el ministerio para elevarlo a dicho Consejo sea el “procedimiento de urgencia” de cara a conseguir cuanto antes su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado.

 

Gema Romero / Íñigo Lapetra

Contenido revisado en Marzo de 2024.
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