El Gobierno pone en peligro la vacunación de 22 millones de españoles

Madrid, 15 de octubre de 2015. – Hoy se ha confirmado oficialmente que el Gobierno ha vuelto a retrasar, de forma arbitraria e injustificada, la aprobación en Consejo de Ministros de la prescripción enfermera (es decir, el Real Decreto de indicación, uso y autorización de dispensación de Medicamentos y Productos Sanitarios por parte de los enfermeros). Ante esta situación, la Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería SATSE, se ha reunido esta mañana de urgencia y ha acordado las siguientes acciones:

1. Constitución de un Gabinete de Crisis compuesto por miembros de ambas instituciones que establecerán las estrategias y acciones a realizar en los próximos días.

2. Exigir una reunión inmediata al Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad donde este se comprometa a la aprobación de este Real Decreto de forma inmediata. La enfermería española va a exigir que dicha reunión se realice con “luz y taquígrafos”.

3. Convocar una huelga inminente en toda España en caso de que la petición de reunión urgente no sea atendida de inmediato por el Ministro de Sanidad y de que este no dé una respuesta satisfactoria a la profesión. Huelga que será convocada por el Sindicato SATSE y avalada y respaldada por la Organización Colegial de Enfermería.

4. La campaña de vacunación de la gripe en serio peligro: La Mesa de la Profesión Enfermera ha acordado informar a los pacientes, a través de sus asociaciones representativas, así como a los 274.000 enfermeros y enfermeras de España que, esta situación generada por el Gobierno de la Nación, “conlleva la exigencia de ceñirnos exclusivamente a aquellas actuaciones legalmente establecidas para el ejercicio profesional de los enfermeros”.

En cumplimiento de las leyes vigentes y del Código Deontológico de la Enfermería Española “sin la aprobación de este Real Decreto” las enfermeras y enfermeros españoles no pueden realizar ninguna actuación terapéutica relacionada con el medicamento si no va a acompañada de una prescripción médica de forma oficial, es decir: con carácter individual y nominativo para cada paciente, y en la que se especifique claramente cuál es el acto enfermero objeto de intervención.

Esta situación, generada por la no aprobación, por parte del Gobierno del citado Real Decreto, va a afectar a toda la asistencia sanitaria que se presta a los pacientes en el país en todos los servicios de salud, tanto en atención primaria como en atención especializada.

Como primera medida, los enfermeros y enfermeras españoles no podrán vacunar directamente a los 22 millones de personas que cada año reciben su vacunación, ya que los profesionales, sin este Real Decreto no pueden hacerlo al tratarse, las vacunas, de medicamentos sujetos a prescripción médica. Por tanto, los pacientes tendrán que ir primero al médico para que este les realice la correspondiente prescripción de la vacuna y, posteriormente, acudir a la enfermera para su administración. Esto es así porque en aplicación de las leyes vigentes, si las enfermeras administraran directamente las vacunas, estarían cometiendo un delito de intrusismo profesional tipificado en el Código Penal, al tiempo que estarían también vulnerando el Código Deontológico de la Enfermería Española que establece que “la enfermera no debe aceptar el cumplimiento de una responsabilidad que no sea de su competencia”. A este respecto, el Tribunal Constitucional ha determinado que los Códigos Deontológicos “tienen cualidad de Ley y, por tanto, Ley de obligado cumplimiento para los colegiados”. Además, como se trataría de una vulneración de la Ley por parte de las enfermeras, el seguro de responsabilidad profesional no actuaría en caso de siniestro porque las pólizas de dichos seguros no cubren, obviamente, los casos de intrusismo profesional, con lo que los pacientes estarían indefensos ante estas malas prácticas profesionales.

5. Ya hay enfermeras inhabilitadas por prescribir medicamentos. Como ejemplo recordamos a una enfermera de la Comunidad Valenciana inhabilitada en su ejercicio profesional durante un año y medio por sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Valencia. Esta inhabilitación fue como consecuencia de haber administrado de forma autónoma un paracetamol a un paciente, sin prescripción médica previa, a pesar de que dicho medicamento sí estaba indicado para dicho caso y no existió ningún efecto adverso derivado de la misma. El paracetamol es un medicamento que no requiere receta médica y puede comprarse libremente en farmacias.


Una falta de respeto a la Soberanía Popular

Debemos constatar la falta de respeto institucional del Gobierno hacia la Soberanía Popular representada por las Cortes Generales.

En efecto, en diciembre de 2009 (hace seis años) el Congreso de los Diputados y el Senado aprobaron "por unanimidad" la regulación para la indicación uso y autorización de medicamentos y productos sanitarios por parte de los enfermeros, dando un mandato al Gobierno de la nación para que en el plazo de un año reglamentase por Real Decreto dicho proceso.

Posteriormente el Congreso de los Diputados aprobó también por unanimidad tres Proposiciones no de Ley instando al Gobierno a desarrollar el citado Real Decreto.

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que agrupa al Ministerio de Sanidad y a las 17 Comunidades Autónomas, aprobó “por unanimidad” el citado proyecto de norma.

Asimismo, el Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Estado español, ha emitido dictamen favorable y, por último, en el texto definitivo del decreto se han tenido en cuenta y observado todas las consideraciones y observaciones de los distintos Ministerios antes de ir a la Comisión de Secretarios de Estado y Subsecretarios para su posterior aprobación por el Consejo de Ministros. Sin embargo, a día de hoy, el Decreto no ha visto todavía la luz en dicho Consejo.

 

Contenido revisado en Marzo de 2024.
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