La Comisión de formación continuada de las profesiones sanitarias

La Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias fue constituida con el fin de armonizar el ejercicio de las funciones que las Administraciones sanitarias públicas y demás instituciones y organismos ostentan en materia de formación continuada, así como de coordinar las actuaciones que se desarrollen en dicho campo forman parte de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias las Administraciones públicas presentes en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

 

La Comisión incorpora también representación de los colegios profesionales, de las universidades, del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud y de las sociedades científicas.

El Real Decreto 1142/2007, de 31 de agosto determina la composición y funciones de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y se regula el sistema de acreditación de la formación continuada.

a) Composición de la Comisión de Formación Continuada de las profesiones sanitarias

La Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias está compuesta por: Dos representantes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, uno de los cuales ostenta la Presidencia de la misma.

    1. Un representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    2. Un representante del Ministerio de Defensa.
    3. Un representante de cada una de las comunidades autónomas presentes en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
    4. El Secretario de la Comisión, con voz y sin voto, que es un funcionario del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

b) Funciones de la Comisión de Formación Continuada de las profesiones sanitarias

    1. La detección, análisis, estudio y valoración de las necesidades de los profesionales y del sistema sanitario en materia de formación continuada, de acuerdo con las propuestas de los órganos competentes de las comunidades autónomas, de las sociedades científicas y, en su caso, de las organizaciones profesionales representadas en la Comisión Consultiva Profesional.
    2. Las de propuesta para la adopción de programas o para el desarrollo de actividades y actuaciones de formación continuada de carácter prioritario y común para el conjunto del sistema sanitario.
    3. Las de propuesta de adopción de las medidas que se estimen precisas para planificar, armonizar y coordinar la actuación de los diversos agentes que actúan en el ámbito de la formación continuada de los profesionales sanitarios.
    4. Las de estudio, informe y propuesta para el establecimiento de procedimientos, criterios y requisitos para la acreditación de centros y actividades de formación continuada.
    5. Las de estudio, informe y propuesta para el establecimiento de procedimientos, criterios y requisitos para la acreditación y la acreditación avanzada de profesionales en un área funcional específica de una profesión o especialidad, como consecuencia del desarrollo de actividades de formación continuada acreditada.

El Proceso de acreditación y tramitación de solicitudes de acreditación se puede consultar en el siguiente enlace

Contenido revisado en Marzo de 2024.
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