La coincidencia de ambas sentencias, relativas a piezas separadas de sendos recursos contencioso-administrativos presentados por las organizaciones colegiales médicas, confirma por vía judicial y doblemente, que el Acuerdo del CCIIC es plenamente ejecutivo (produce los efectos que le son propios) y efectivo, siendo de obligado cumplimiento lo dispuesto en las Directrices”.
Ahora, se abre un período de apelaciones contra este pronunciamiento preliminar; vía ya explorada por los médicos catalanes y apelación a la que el Consell de Col·legis d’Infermeres i Infermers de Catalunya (CCIIC) y los cuatro colegios profesionales territoriales (COIB, COIGI, COILL i CODITA) han presentado oposición.
La defensa legal del Acuerdo profesional de sedaciones, publicado el pasado 16 de septiembre en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC), se está realizando de forma coordinada por los servicios jurídicos del CCIIC y del Consejo General de Enfermería (CGE), que apoya a las enfermeras catalanas en este ejercicio legítimo de ordenación profesional.