Acusada de homicidio imprudente de un recién nacido

Un niño muere a los tres días de nacer por cesárea. La madre del niño fallecido denuncia a la matrona por considerar que no ha actuado correctamente y su representante legal alega que los hechos son constitutivos de un delito por imprudencia profesional y de un delito de denegación de auxilio por personal sanitario. También considera que la matrona había incurrido en un delito de lesiones imprudentes y por todos los hechos solicita pena de prisión, inhabilitación profesional y una indemnización por responsabilidad civil de más de 18.000 euros. Sin embargo, el argumento no fue compartido por el Ministerio Fiscal que califica los hechos como un delito de lesiones imprudentes. Por parte de la defensa de los procesados se solicita una sentencia absolutoria.

Registro

La denunciante, gestante de unas 40 semanas, se le había realizado una cesárea hace un año y medio, acude de madrugada a un centro hospitalario por rotura espontánea de la bolsa amniótica. Pasada una hora es sedada y dos horas después se le administra anestesia epidural. A las cuatro horas oxitocina por ausencia de dinámica uterina, pasando, a las dos horas, a paritorio en dilatación completa. Se realiza cesárea, y na-ce un niño de unos tres kilos de peso que pese a precisar reanimación y fallece a los tres días.

El registro cardiotocográfico era regular aunque aparecieron desaceleraciones tardías aisladas a las tres horas, de las que se recupera. Al disminuir la dinámica uterina se administra oxitocina, se interrumpe el registro durante unos 15 minutos, para su trasladado a paritorio. Reanudado el registro, no refleja dinámica uterina, con una frecuencia cardiaca fetal de 120 latidos/minuto, buena variabilidad y episodios de taquicardia y deceleraciones, que coinciden con pérdidas del registro del foco cardiaco fetal y buena recuperación posterior.

La matrona procesada era la encargada de la monitorización de la gestante hasta que pasó a paritorio, realizó exploración correspondiente y administró oxígeno como medida de bienestar a la madre, sin que se observaran irregularidades en el registro, dando aviso para valoración acudiendo los ginecólogos que pautaron la administración de oxitocina. Tras ofrecer un intento de parto vaginal, ante la falta de descenso del feto, el médico decide realizar una cesárea, comprueban al realizarla que la gestante había sufrido un desgarro parcial de la cicatriz de la cesárea anterior en el útero, sin signos de alarma previa. Según el informe forense el fallecimiento del feto fue consecuencia de dicha rotura uterina, capaz de producir una situación de hipoxia.

Valoración

La demandante solicitaba la condena de la matrona por no prestar la necesaria atención ni dar parte antes de los signos de alarma que mostraban las gráficas. También solicitaba la condena de los médicos por su valoración errónea, no adoptar las medidas necesarias y demorarse en la realización de la cesárea. La sentencia considera que la actuación prestada fue conforme a la Lexartis. La matrona avisó, en el momento oportuno y los médicos acudieron, valorando correctamente y tomando las decisiones oportunas.

Carmen Roncero

Autor Carmen Roncero

Miembro del equipo de la Asesoría Jurídica del Consejo General de Enfermería

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