Registro de Universidades Centros y Títulos (RUCT)

En Registro de Universidades Centros y Títulos (RUCT) están inscritas las Universidades y los Centros universitarios; los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, establecidos de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. También pueden inscribirse, a petición de la universidad expedidora, otros títulos de carácter no oficial, a efectos informativos.

El RUCT contiene información actualizada relativa al sistema universitario español, para lo que se inscriben en el mismo los datos relevantes relativos a Universidades, Centros y Títulos.

El RUCT estará constituido por tres secciones:

    1. Universidades.
    2. Centros.
    3. Títulos.

Dentro de la sección de Títulos existirán a su vez cinco subsecciones:

    1. Títulos correspondientes a enseñanzas de Grado.
    2. Títulos correspondientes a enseñanzas oficiales de Máster.
    3. Títulos correspondientes a enseñanzas de Doctorado.
    4. Títulos declarados equivalentes a los correspondientes las anteriores subsecciones a) y b).
    5. Títulos correspondientes a enseñanzas no oficiales.

El Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), tiene carácter público y de registro administrativo, a todos los efectos previstos en la Ley Orgánica 6/2001 y en su modificación la Ley Orgánica 4/2007.

Está regulado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.