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Nuevo código de Buenas Prácticas para la relación entre las farmacéuticas y los profesionales sanitarios

La industria farmacéutica española ha dado un paso más en la regulación de sus relaciones e interacciones con los profesionales y las organizaciones sanitarias. Con el nuevo Código de Buenas Prácticas se transpone la normativa de la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA en sus siglas en inglés), alineando el sistema español de autorregulación con el resto de sistemas existentes en Europa en materia de promoción de medicamentos de prescripción e interrelación con profesionales y organizaciones sanitarias. 

 

Con este nuevo texto, aprobado por los Órganos de Gobierno de Farmaindustria, la patronal de las compañías farmacéuticas, en diciembre “se pone de manifiesto la mejora continua y el compromiso de este sector con los mayores niveles de exigencia ética y de responsabilidad en las actividades de promoción de medicamentos de prescripción y en las relaciones que la industria farmacéutica innovadora mantiene con profesionales y organizaciones sanitarias, así como con las organizaciones de pacientes”, informa la entidad en un comunicado.

Para ello, en materia de promoción de medicamentos de uso humano el nuevo Código cubre todos los mecanismos de promoción, incluyendo la publicidad directa por correo, prensa o Internet, las actividades de los empleados del laboratorio, Internet, la utilización de materiales audiovisuales, tales como películas, vídeos, sistemas de almacenamiento de datos y otros que pudieran surgir en el futuro.
Asimismo, cubre todas las formas de interrelación entre las compañías farmacéuticas con profesionales y organizaciones sanitarias, incluyendo el patrocinio de congresos científicos y de reuniones de carácter profesional o científico, el ofrecimiento de muestras y hospitalidad, y las derivadas de acuerdos de investigación (ensayos clínicos, estudios) o de otro tipo de acuerdos (colaboración, consultoría, etc.). Igualmente cubre todas las formas de interrelación entre las compañías farmacéuticas y las organizaciones de pacientes.

Regalos

Este nuevo texto refuerza, a su vez, las garantías de independencia en la interrelación de los laboratorios con profesionales y organizaciones sanitarias. Al igual que en el Código hasta ahora vigente, está prohibida la entrega de obsequios relacionados con medicamentos de prescripción para evitar que se incentive su prescripción, dispensación o administración. En relación con materiales formativos o informativos y artículos de utilidad médica su entrega sólo podrá realizarse si están relacionados con el ejercicio de la medicina y la farmacia y benefician el cuidado o atención de los pacientes.
El cumplimiento de los principios que recoge este Código permite asegurar que la información proporcionada en el marco de la promoción de los medicamentos de prescripción, es completa, inmediata y veraz.

Redacción