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La Audiencia Nacional legitima el Pacto entre la Enfermería y el Ministerio

La Audiencia Nacional ha desestimado los recursos planteados por los sindicatos CC. OO., UGT y CSIF contra los pactos firmados el 30 de julio de 2013 por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la Mesa Estatal de la Profesión Enfermera -integrada por el Consejo General de Enfermería y el sindicato SATSE- y con el Foro de la Profesión Médica.

Los recursos fueron presentados por separado, pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo decidió acumularlos el 7 de marzo del año pasado con el fin de unificar su decisión final sobre los mismos.

Finalmente, la Audiencia Nacional ha considerado que en el contenido de los pactos “se incorporan compromisos amplios que deberán ser concretados por las vías específicas, en su caso, la negociación colectiva y que no impiden ni la negociación ni la consulta con los sindicatos”.

“No cabe duda de que esta importante decisión judicial supone un espaldarazo muy relevante tanto al contenido como a la plena cobertura legal del Pacto firmado con el Ministerio”, afirma el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado.

Estas organizaciones denunciaban que en los pactos se incluían aspectos que estaban reservados a la negociación sindical por mandato legal, pero la Sala destaca que “la idea es que la Administración administre acudiendo más a técnicas de consenso y aceptación negociada que a técnicas de autoridad, pues al final, dada la complejidad de la estructura social sobre la que actúa la Administración, la colaboración de los administrados es vital para la eficacia de la gestión”.

Una solución conciliadora

Asimismo, entiende que la cuestión tiene que ser objeto de una solución conciliadora guiada por el principio de proporcionalidad, el cual “permite a la Administración negociar y alcanzar acuerdos con entidades distintas a las integrantes de las Mesas de negociación colectiva en materias que no sean estrictamente propias de dicho ámbito, pero que al mismo tiempo tengan una formulación lo suficientemente amplia como para no vaciar de contenido el derecho a la negociación colectiva de las entidades sindicales”.

González Jurado apunta que, “a pesar de eventuales recursos de casación, con muy pocas posibilidades de prosperar, esta sentencia va a permitir que se impulse el desarrollo efectivo del Pacto, al eliminar de raíz cualquier atisbo de duda sobre su legalidad y eficacia”.

 

Ángel M. Gregoris