Imprimir esta página
Viernes, 30 Septiembre 2016 13:04

La Comisión Europea insta a España a que trasponga la directiva de cualificaciones profesionales Destacado

Escrito por

La Directiva 2013/55 sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales debería haberse incorporado a nuestro ordenamiento jurídico antes del 18 de enero de 2016. Sin embargo, 8 meses después sigue siendo una tarea pendiente. Por esta razón la Comisión Europea ha enviado a España un dictamen motivado instando a su trasposición. El Gobierno español dispone ahora de dos meses para notificar la incorporación completa de la Directiva, de no hacerlo, la Comisión podría llevarlo ante el Tribunal de Justicia de la UE.

La Directiva establece un moderno sistema de la UE de reconocimiento de cualificaciones profesionales, simplifica las normas existentes y acelera los procedimientos de reconocimiento, garantizando al mismo tiempo que los profesionales cualificados que deseen trabajar en otro Estado miembro cumplan los requisitos del país de acogida.

Como recuerdan en Unión Profesional, “pese a que el proyecto de Real Decreto de transposición fue sometido a información pública a principios del año, el texto no ha entrado aún en Consejo de Estado y su tramitación se encuentra, por tanto, retrasada”.

Además de España otros 13 países: Austria, Bélgica, Chipre, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Portugal, Eslovenia y el Reino Unido todavía no han notificado a la Comisión la incorporación completa de la Directiva a su ordenamiento jurídico nacional, por lo que también han recibido dictámenes de la Comisión al respecto.

Trascendencia para enfermería

Esta Directiva sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales, además de facilitar la movilidad de los enfermeros españoles que deseen trabajar en la Unión Europea, también es de vital importancia para solucionar el tema de la prescripción enfermera. Como recuerda Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería, “esta directiva nos abre la puerta de la prescripción en toda su amplitud, es decir, igual que pueden hacerlo médicos, odontólogos y podólogos, al reconocer el diagnóstico enfermero dentro de nuestras propias competencias”.

El exministro de Sanidad, Alfonso Alonso, y las organizaciones médicas defensoras de la versión modificada del RD de prescripción se han apoyado siempre en su convicción de que “sólo prescribe el que diagnostica”. “Con la directiva europea en mano, se comprueba que tienen razón, pero es que, a los ojos de Bruselas, los enfermeros también realizan determinados diagnósticos al paciente”, señala González Jurado, lo que obligará a modificar diversas leyes españolas, incluyendo la ley del medicamento. De hecho, desde el Consejo General de Enfermería ya habían planteado la denuncia ante el tribunal europeo de no producirse esta trasposición.

Gema Romero