Sanidad duplicará el listado de enfermedades de declaración obligatoria en España

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad quiere actualizar el listado de enfermedades transmisibles consideradas de declaración obligatoria en España para controlar su incidencia, que podría pasar de 34 a 60 para que los casos sean contabilizados por la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, como el dengue, la salmonelosis, la hepatitis C o el virus del SARS.
Así se desprende del último borrador del proyecto de Orden Ministerial que actualizará este relación de enfermedades, así como las modalidades de declaración y las enfermedades de ámbito regional, al que ha tenido acceso Europa Press, después de que en el Consejo Interterritorial del pasado mes de julio se acordara con las comunidades la necesidad de modificar la actual listado, elaborado en 1995.
El objetivo de dicho listado es la detección precoz de problemas de salud para facilitar la toma de medidas encaminadas a proteger la salud de la población, y de todas ellas se deben notificar todos los nuevos casos diagnosticados en España.

En 1995 se elaboró un listado de enfermedades que incluía el botulismo, el cólera, la difteria, la enfermedad meningocócica, la gripe, las hepatitis A y B, la legionelosis, la lepra, la malaria, la meningitis tuberculosa, la rabia, la rubeola, el sarampión, la sífilis, la tos ferina o la varicela, entre otras. Gracias al mismo, se sabe que en 2012 se contabilizaron, por ejemplo, más 533.000 casos de gripe, 145.000 de varicela o 3.900 de sífilis en España, con datos pormenorizados por comunidades. Sin embargo, y según justifica Sanidad en su último borrador, el listado actual "no considera la situación epidemiológica actual en España" y no abarca toda la lista de enfermedades y eventos que exigen los organismos internacionales, de ahí que tenga que modificarse.

De este modo, el nuevo listado de enfermedades de declaración obligatoria incluiría la campilobacteriosis, el carbunco, la criptosporidiosis, el dengue, la encefalitis transmitida por garrapatas, las encefalopatías espongiformes transmisibles humanas, la enfermedad invasora por 'haemophilus influenziae', la enfermedad neumocócica invasora, la enfermedad por virus de Chikungunya, y diferentes fiebres (la Q, la del Nilo occidental, la exantemática mediterránea, la transmitida por garrapatas o las hemorrágicas víricas).

Las infecciones por “e.coli” y SARS, también incluidas
Del mismo modo se incluyen la giardiasis, la hepatitis C, herpes zóster, la hidatosis, la infección por 'Chlamydia trachomatis' y cepas de 'E. Coli' productoras de toxina shiga o vero, la infección por el VIH, la leishmaniasis, la leptospirosis, el linfogranuloma venéreo, la listeriosis, la salmonelosis, el síndrome respiratorio agudo grave (SARS), la shigellosis, la toxoplasmosis congénita, la tularemia, la viruela y la yersiniosis. Además de este listado, Sanidad también cambiará el listado de enfermedades cuyos casos deben declararse de forma urgente, algo que sólo estaba determinado hasta ahora para el cólera, la fiebre amarilla, la peste, la difteria, la polio, la rabia y el tifus exantemático. De estas se mantienen todas salvo el tifus, y se incluyen cualquier gripe causada por un nuevo subtipo de virus, el SARS, la fiebre del Nilo occidental y la hemorrágica vírica, y la viruela.

Para la elaboración de dicho listado Sanidad asegura que ha consultado las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados, por lo que sólo faltaría que dicha orden fuera publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su entrada en vigor.

Europa Press

Contenido revisado en Marzo de 2024.
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