Las funciones que el Real Decreto atribuye a esta Comisión son las siguientes:

    • Designar, de entre sus miembros, al Presidente y Vicepresidente de la Comisión.
    • Elaborar y proponer el programa de formación y su duración.
    • El establecimiento de criterios para la evaluación de las Unidades docentes y formativas.
    • El establecimiento de criterios para la evaluación de los especialistas en formación.
    • El informe sobre programas y criterios relativos a la formación continuada de los enfermeros, especialmente los que se refieren a la acreditación y la acreditación avanzada de los profesionales en áreas funcionales específicas dentro del campo de la especialidad.

La participación en el diseño de los Planes Integrales dentro de la correspondiente especialidad.

El establecimiento de los criterios para la evaluación en el supuesto de nueva especialización.

La propuesta de creación de áreas de capacitación específica.

Contenido revisado en Marzo de 2024.
 © Consejo General de Enfermería 2024
Política de cookies

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, CGE le informa del uso de cookies técnicas y analíticas, propias y de terceros, que tratan datos de conexión y/o del dispositivo, así como hábitos de navegación para mejorar nuestros servicios. Puede “rechazar cookies”, en cuyo caso, únicamente se instalarán las cookies técnicas necesarias para el funcionamiento de la página web. Puede obtener más información en nuestra Política de Cookies.