Homologación y Reconocimientos

Cualquier titulado puede solicitar la homologación de los títulos extranjeros de educación superior obtenidos en el extranjero.

 

Todos los títulos profesionales obtenidos en el extranjero, fuera de la Unión Europea, requieren, según la legislación española para el ejercicio de las profesiones reguladas la homologación del título.

Los títulos extranjeros expedidos en la Unión Europea no tienen por qué ser homologados al aplicarse un régimen distinto, como es el reconocimiento de cualificaciones profesionales previsto en la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, bien por medio del Ministerio de Sanidad bien mediante la expedición de la Tarjeta Profesional Europea (European Professional Card).

La homologación no debe ser confundida con la equivalencia. La homologación es un proceso que habilita para el ejercicio profesional y la equivalencia es el reconocimiento del nivel académico del título respecto de los títulos universitarios oficiales españoles y tiene únicamente efectos académicos para acceso a estudios en programas de formación en especialidades y posgrados en España. Para ejercer la profesión debe solicitarse la homologación. 

Todos las enfermeras y enfermeros con títulos de grado superior o posgrado obtenido en instituciones extranjeras (universidades, institutos superiores, etc.) necesitan habilitación legal para el ejercicio profesional en España.

La Enfermería en España es una profesión legislada y como tal requiere someter sus documentos de título y documentación pertinente para su validación de acuerdo con la legislación de formación de esta profesión.

El Ministerio de Universidades de España (antiguo Ministerio de Educación), de acuerdo con la legislación, especifica todas las posibles situaciones relacionadas con títulos de Enfermeras obtenidos en el exterior: (1) españoles que obtienen títulos en el extranjero, (2) extranjeros procedentes de programas de formación en los países de la Unión Europea, (3) extranjeros oriundos de países que mantienen convenios bilaterales de reconocimiento de títulos, y (4) extranjeros de los demás países.   

Los requisitos legales, los procedimientos, la documentación y las informaciones se encuentran en la página web del Ministerio de Universidades de España:

https://www.universidades.gob.es/homologacion-de-titulos-extranjeros-de-educacion-superior-a-titulos-oficiales-espanoles-de-grado-o-master-que-den-acceso-a-profesion-regulada-en-espana-segun-rd-889-2022-de-18-de-octubre/

Entrar en la sede electrónica y en los siguientes apartados:

https://universidades.sede.gob.es/

INICIO > PROCEDIMIENTOS > (pestaña) Entrar en Títulos Universitarios y los respectivos links de acuerdo con la situación personal.

Contenido revisado en Marzo de 2024.
 © Consejo General de Enfermería 2024
Política de cookies

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, CGE le informa del uso de cookies técnicas y analíticas, propias y de terceros, que tratan datos de conexión y/o del dispositivo, así como hábitos de navegación para mejorar nuestros servicios. Puede “rechazar cookies”, en cuyo caso, únicamente se instalarán las cookies técnicas necesarias para el funcionamiento de la página web. Puede obtener más información en nuestra Política de Cookies.