Sistema europeo de créditos (ECTS)
Entre las medidas encaminadas a la construcción del Espacio Europeo de Educación Superior se encuentra el establecimiento del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) en las titulaciones oficiales de grado y de posgrado. Este sistema se ha generalizado a partir de los programas de movilidad de estudiantes Sócrates- Erasmus, facilitando las equivalencias y el reconocimiento de estudios realizados en otros países.
Qué es el Crédito Europeo (ECTS)
“El crédito europeo es la unidad de medida del haber académico que representa la cantidad de trabajo del estudiante para cumplir los objetivos del programa de estudios y que se obtiene por la superación de cada una de las materias que integran los planes de estudios de las diversas enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En esta unidad de medida se integran las enseñanzas teóricas y prácticas, así como otras actividades académicas dirigidas, con inclusión de las horas de estudio y de trabajo que el estudiante debe realizar para alcanzar los objetivos formativos propios de cada una de las materias del correspondiente plan de estudios”. (RD1125/2003)
“El crédito es la unidad de referencia sobre la que se estructuran y organizan los curricula formativos en la mayor parte de los países. En el actual sistema universitario español esta unidad se encuentra fundamentalmente definida en función de las horas de docencia, teórica o práctica, impartidas por los profesores” (Documento marco” la integración del sistema universitario español en el espacio europeo de enseñanza superior, 2003)
A qué equivale un ECTS
El número mínimo de horas, por crédito, será de 25, y el número máximo, de 30, cuando con el anterior sistema cada crédito correspondía a 10 horas lectivas, sin contemplar el trabajo autónomo del estudiante, que ahora si se tiene en cuenta.
Esta medida del haber académico comporta un nuevo modelo educativo que orienta las programaciones y las metodologías docentes centrándolas en el aprendizaje de los estudiantes, no exclusivamente en las horas lectivas.
En la asignación de créditos a cada una de las materias que configuren el plan de estudios se computará el número de horas de trabajo requeridas para la adquisición por los estudiantes de los conocimientos, capacidades y destrezas correspondientes.
En esta asignación deberán estar comprendidas
- Las horas correspondientes a las clases lectivas, teóricas o prácticas,
- Las horas de estudio, las dedicadas a la realización de seminarios, trabajos, prácticas o proyectos,
- Las horas exigidas para la preparación y realización de los exámenes y pruebas de evaluación.
Programa de convergencia Europea. El Crédito Europeo. ANECA.