Las materias que no se pueden acreditar
- Programas informáticos que no sean de utilización exclusiva en el área sanitaria.
- Sistemas de información que no sean de utilización exclusiva en el área sanitaria.
- Idiomas en cualquiera de sus niveles.
- Aquellas actividades que no son específicas en ciencias de la salud, tales como las referidas a estrés/autocontrol y orientación psicológica, enfocadas a autocuidado del trabajador; salud laboral y prevención de riesgos cuando se trate de autocuidados del trabajador, y todas aquellas otras que constituyan formaciones troncales o específicas de profesiones no sanitarias.
- Actividades con contenidos que no formen parte de las materias de conocimientos aceptadas en la comunidad científica o/y el Sistema Nacional de Salud.
- En caso de duda, será la Comisión quien decida si una determinada actividad puede considerarse materia acreditable o no.