Las materias que no se pueden acreditar

  • Programas informáticos que no sean de utilización exclusiva en el área sanitaria.
  • Sistemas de información que no sean de utilización exclusiva en el área sanitaria.
  • Idiomas en cualquiera de sus niveles.
  • Aquellas actividades que no son específicas en ciencias de la salud, tales como las referidas a estrés/autocontrol y orientación psicológica, enfocadas a autocuidado del trabajador; salud laboral y prevención de riesgos cuando se trate de autocuidados del trabajador, y todas aquellas otras que constituyan formaciones troncales o específicas de profesiones no sanitarias.
  • Actividades con contenidos que no formen parte de las materias de conocimientos aceptadas en la comunidad científica o/y el Sistema Nacional de Salud.
  • En caso de duda, será la Comisión quien decida si una determinada actividad puede considerarse materia acreditable o no.
Contenido revisado en Marzo de 2024.
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