La resolución establece que “el artículo 7.2 a de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, da una nueva denominación a la categoría de ayudante técnico sanitario/diplomado universitario en enfermería (ATS/DUE), a la que define como enfermeros, especificando sus funciones. Vistos dichos antecedentes normativos, es preciso que la Administración sanitaria efectúe la oportuna adaptación organizativa para adecuarse a la nueva denominación”, explica el BOIB, para después decretar que “de conformidad con lo expuesto, se modifica la denominación de la categoría ATS/DUE, que a partir de la entrada en vigor del presente decreto se denominará enfermero/enfermera”. Además, añade que el Servicio de Salud de las Islas Baleares, en el plazo máximo de la entrada en vigor del decreto, comunicará al Ministerio de Sanidad la modificación de la denominación de la categoría.
José Luís Cobos, director del Observatorio Enfermero del Consejo General de Enfermería, ha valorado positivamente la decisión: “Es un error histórico. El Consejo General de Enfermería lleva tiempo defendiendo que la categoría profesional no puede identificarse con un título, pues la denominación de las titulaciones cambia con los años. Debe desterrarse de toda normativa la referencia a ATS, DUE o ahora, Grado porque la profesión, tal y como dice la Directiva Europea, es la de enfermero. A nivel estatal ya se ultima un Real Decreto y se ha acordado que la denominación correcta es la de “enfermero”, bien de cuidados generales o especialista. Hay que aplaudir que las distintas administraciones subsanen este error. Por ejemplo, un médico es un médico, no nos referimos a él como un 'graduado en Medicina'. No tiene sentido”.
El presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, ha insistido en que “es necesario unificar la profesión de forma definitiva, bajo una sola denominación y en consonancia con el nuevo escenario que plantea el Espacio Europeo de Educación Superior”.
Redacción