Este decreto, del de 23 de octubre, regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
El Gobierno ha argumentado que los enfermeros, a pesar de tener la misma formación en farmacología acreditada por el Ministerio de Educación que los odontólogos y los podólogos, no pueden administrar legalmente ningún medicamento ni producto sanitario, si no hay previamente un prescriptor que diagnostique al paciente y determine el protocolo de práctica clínica a seguir, "aunque el enfermero tenga más formación y experiencia en el proceso asistencial y conozca mejor las guías de práctica clínica basadas en la evidencia científica en procesos específicos que lidera y desarrolla con los usuarios de forma rutinaria".
La Conselleria de Salud del Ejecutivo balear ha defendido la capacitación de los enfermeros y ha argumentado que la nueva normativa "les impide realizar, de manera autónoma, centenares de actuaciones que hasta el momento han llevado a cabo con normalidad y formación y eficiencia probadas".
Por ello, desde el Consulado del Mar creen que la norma aprobada en el Consejo de Ministros el 23 de octubre, y publicada en el BOE el 23 de diciembre, "tiene consecuencias directas para los profesionales de enfermería, puesto que necesitan la previa autorización del médico para desarrollar tareas cotidianas"; también para los propios médicos, que "verán aumentado considerablemente su volumen de trabajo", y para los usuarios, "que notarán un empeoramiento en la atención".
Europa Press