Según ha recordado la Consejería de Salud en un comunicado, el Consejo de Gobierno acordó autorizar a la Dirección de la Abogacía de la Comunidad a interponer ante el Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, el uso y la autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
Este decreto establece que los médicos, los odontólogos y los podólogos son los únicos profesionales con facultad para recetar. Por tanto, los enfermeros, aunque tienen la misma formación en farmacología acreditada por el Ministerio de Educación que los odontólogos y los podólogos, no pueden administrar legalmente ningún medicamento ni producto sanitario si no hay previamente un prescriptor que diagnostique al paciente y determine el protocolo de práctica clínica que hay que seguir, aunque el enfermero tiene más formación y experiencia en el proceso asistencial y conoce mejor las guías de práctica clínica basadas en la evidencia científica en procesos específicos que lidera y desarrolla con los usuarios de manera rutinaria.
La Consejería de Salud defiende la capacitación de los enfermeros y argumenta que la nueva normativa les impide llevar a cabo de manera autónoma centenares de actuaciones que hasta ahora hacían con normalidad y con formación y eficiencia probadas. Esta norma, aprobada por el Consejo de Ministros el 23 de octubre de 2105 y publicada en el BOE el 23 de diciembre, tiene consecuencias directas para los profesionales de la enfermería, que necesitan la autorización previa de un médico para desarrollar tareas cotidianas, también para los propios médicos, a quienes les aumenta considerablemente el volumen de trabajo, e igualmente para los usuarios, que notarán un empeoramiento en la atención.
Europa Press