De esta forma, el Gobierno cumple con el acuerdo alcanzado con CRUE Universidades Españolas y con el Consejo de Universidades, integrado por todos los rectores, para que este decreto, que contó con el rechazo unánime de la comunidad universitaria, se aplique sólo a los títulos universitarios completamente nuevos.
Para el resto de titulaciones, ajenas a las Ciencias de la Salud, lo pactado por los rectores y el Ministerio de Educación es que sean las universidades las que, en uso de su autonomía, determinen cuál será la carga lectiva en créditos ECTS y si pueden tener 180 créditos ECTS.
El acuerdo recogido en el BOE incluye que el Consejo de Universidades -a través de la Comisión de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios- actualizará, revisará y modificará los anexos de este texto. De las actuaciones realizadas por esta comisión se dará traslado a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), así como a los respectivos órganos de evaluación autonómicos.
El Gobierno refleja en el texto que “en la actualidad, el ciudadano y la sociedad exigen de las Administraciones Públicas seguridad jurídica y transparencia en su actuación. Esto es precisamente lo que quiere garantizar el Consejo de Universidades con la aprobación de este acuerdo. Los estudiantes y la comunidad universitaria quieren conocer, con precisión, cuál es la carga lectiva de los estudios universitarios oficiales que quieren cursar y, por eso, es necesario establecer listados de estudios universitarios oficiales con las correspondientes cargas lectivas”.