Martes, 27 Febrero 2018 16:41

La Justicia tumba el decreto “antienfermero” de Castilla y León

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“Desde un primer momento el Consejo de Colegios de Enfermería Castilla y León se ha opuesto sistemáticamente al decreto de gestión clínica porque impide a los enfermeros acceder a los puestos de dirección de las unidades de gestión clínica” explica Alfredo Escaja, presidente del Consejo de Colegios de Enfermería de Castilla y León. Desde que esta norma se hizo pública, la institución enfermera mostró su desacuerdo ante un modelo de gestión clínica que mantenía a enfermería al margen: “nosotros no queremos opinar sobre cuál es el mejor sistema de gestionar un hospital ya que entendemos que es un debate de los políticos. Lo que pensamos es que nunca se puede hacer en detrimento de una profesión y creemos que el decreto de unidad de gestión clínica es un decreto que se ha hecho contra la enfermería”, manifiesta Escaja.

“Desde un primer momento el Consejo de Colegios de Enfermería Castilla y León se ha opuesto sistemáticamente al decreto de gestión clínica porque impide a los enfermeros acceder a los puestos de dirección de las unidades de gestión clínica” explica Alfredo Escaja, presidente del Consejo de Colegios de Enfermería de Castilla y León. Desde que esta norma se hizo pública, la institución enfermera mostró su desacuerdo ante un modelo de gestión clínica que mantenía a enfermería al margen: “nosotros no queremos opinar sobre cuál es el mejor sistema de gestionar un hospital ya que entendemos que es un debate de los políticos. Lo que pensamos es que nunca se puede hacer en detrimento de una profesión y creemos que el decreto de unidad de gestión clínica es un decreto que se ha hecho contra la enfermería”, manifiesta Escaja. Por esta razón, la enfermería de Castilla y León muestra su “alegría ante la anulación de un decreto que mantenía al margen a la enfermería”. La sentencia, emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) anula las 15 Unidades de Gestión Clínica creadas por la Orden SAN/822/2016 del consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Antonio María Sáez Aguado.

La sentencia

En su fallo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, estima el recurso interpuesto por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Comisiones Obreras, que alegaba que se había vulnerado el derecho a la libertad sindical porque no hubo negociación en la mesa sectorial correspondiente. Otra de las razones que han llevado a la anulación de las unidades de gestión clínica ha contar con una memoria económica insuficiente. En concreto, el TSJCYL expone en su fallo que de acuerdo con la Jurisprudencia y la normativa “no cabe considerar suficiente la declaración contenida en la memoria económica, huérfana de la justificación exigible” y que en la citada memoria no se hace “el más mínimo análisis de los costes que pueda suponer la puesta en marcha de las 15 unidades de gestión clínica que, no debe olvidarse, entre los motivos que las justifican se encuentran su mayor eficacia sobre la organización existente”.

Reacciones

Diferentes organizaciones sindicales y partidos políticos ya han manifestado su opinión frente a esta medida. El portavoz de Sanidad del Grupo Parlamentario Ciudadanos en Castilla y León, Manuel Mitadiel, considera esta norma como “una chapuza jurídica más” y ha señalado esta sentencia como “una oportunidad para un cambio de modelo”. Por su parte, UGT ha declarado que “que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que anula la creación de 15 de estas figuras destapa todos los problemas que tienen con la Consejería”.

Contenido revisado en Marzo de 2024.
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