En un nota de prensa del colegio y una carta del sindicato a los responsables del Servicio Madrileño de Salud y a la Gerencia de Atención Primaria de la Comunidad de Madrid, ambas entidades vienen a acusar a los enfermeros y enfermeras de causar un perjuicio al sistema y a la población al negarse a administrar vacunas y otros medicamentos si previamente no han sido prescritos por un médico. El Consejo General de Enfermería ha respondido con contundencia a esas afirmaciones pues la situación actual no es fruto de su voluntad, sino derivada del cumplimiento de la legalidad vigente en materia de indicación, uso y autorización de medicamentos.
La modificación del artículo 3.2 del RD de prescripción enfermera que introdujo el Ejecutivo a última hora y a espaldas de la enfermería dice claramente que el médico en todos los casos debe haber “determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir” por parte del enfermero. Es decir, que si los enfermeros de la Comunidad del Madrid –y del resto de España- no están realizando esas labores que antes eran habituales es, sencillamente, porque ahora son ilegales y llevarlas a cabo sin la pertinente prescripción del médico puede suponer un delito. Y de hecho, si el texto legal fue cambiado, denuncia la Mesa, fue a instancias precisamente de la Organización Médica Colegial (OMC), entidad a la que él mismo pertenece y le representa. Y es a ellos, y no a los profesionales de enfermería, ahora atados de pies y manos en sus decisiones en materia de medicamentos, a quienes deben pedir explicaciones.
Aquí puede consultar el comunicado emitido por el Consejo General de Enfermería
Redacción